Micelio

Artículo 7

El Administrador De La Colonia Pondrá Especial Cuidado En Evitar Que Los Arboles De Caucho Sean Destruidos Al Tiempo De La Explotación; En Consecuencia, Hará Cumplir Estrictamente Las Disposiciones Legales Que Reglamenten Esta Industria,

Decreto 208 de 1910 · Por el cual se dispone el fomento de una Colonia Agrícola en el territorio del Caquetá

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Administrador de la colonia pondrá especial cuidado en evitar que los arboles de caucho sean destruidos al tiempo de la explotación; en consecuencia, hará cumplir estrictamente las disposiciones legales que reglamenten esta industria,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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