°. Constitúyese el Comité Interinstitucional para la Aviación de Estado, como ente de Enlace y Coordinación entre la autoridad de aviación de Estado y las distintas Fuerzas e Instituciones, el cual estará conformado por
El Comandante de la Fuerza Aérea o su delegado. (Presidente)
El Comandante de la Aviación del Ejército.
El Comandante de la Aviación Naval.
El Jefe de Operaciones Aéreas de la Fuerza Aérea.
El Director de Operaciones Aéreas de la Fuerza Aérea. (Secretario)
El Director de Navegación Aérea de la Fuerza Aérea.
El Jefe de la División de Aviación de la Policía Nacional.
El Subdirector General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.
El Director de Servicios a la Navegación Aérea de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.