, Las funciones de la Asamblea podrán ser entre otras las siguientes
Adoptar y/o modificar los planes y programas que le sean presentados por la Junta Directiva, que tengan que ver con su objeto social y evaluar su ejecución;
Elegir las personas que presidirán la Asamblea cuando las circunstancias así lo requieran;
Elegir y remover los dignatarios de la Asociación;
Nombrar los representantes de la Asociación ante las juntas de las entidades descentralizadas;
Adoptar y/o modificar sus estatutos conforme a la ley,
Aprobar u objetar los balances, cuentas e informes presentados por los órganos de dirección, administración y vigilancia de la Asociación;
Aprobar la inversión de los auxilios de conformidad con las disposiciones legales vigentes y vigilar su correcta, utilización;
Aprobar el presupuesto de inversión y gastos; y adicionarlo cuando fuere el caso;
Fijar las cuantías referentes a la ordenación del gasto;
Controlar el funcionamiento general de la Asociación;
Aplicar las sanciones a que haya lugar;
Determinar la disolución y liquidación de la Asociación y designar el liquidador de acuerdo a la ley; y
Las demás no atribuidas a otros órganos de dirección, administración y vigilancia. CAPITULO V De la Junta Directiva