°. Subrogar el contenido del artículo 8 del Decreto 824 de 1997, el cual quedará así: Artículo 8. De la licencia. La licencia de funcionamiento que expidan las autoridades concedentes a favor de los concesionarios, por el término de un año, tendrán un valor equivalente a un (1) salario mínimo legal mensual vigente.
Decreto 1096 de 1997 →Vigente
Artículo 3
Subrogar El Contenido Del Artículo 8 Del Decreto 824 De 1997, El Cual Quedará Así: Artículo 8
Decreto 1096 de 1997 · por el cual se subroga parcialmente y adiciona del Decreto 824 del 21 de marzo de 1997.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.