Responsabilidad sobre los activos. La infraestructura eléctrica construida con los recursos del Fondo de Apoyo Financiero para la energización de las Zonas Rurales Interconectadas, FAER, quedará bajo la responsabilidad del Operador de Red mediante la firma de un contrato de comodato. Adicionalmente, el Operador de Red deberá realizar los respectivos trámites exigidos por la regulación vigente, para el establecimiento de los respectivos cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución Local.
Decreto 3652 de 2003 →Vigente
Artículo 10
Decreto 3652 de 2003 · por el cual se reglamenta el Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas Rurales Interconectadas, FAER.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.