El que por razón de su cargo tiene la administración o custodia de los caudales u otros efectos de las Fuerzas Militares, y en cualquier forma hace uso indebido de ellos, incurre en arresto de seis meses a cuatro años, siempre que tales sumas o efectos se reintegren antes de que se abra la investigación criminal correspondiente.
Si después de iniciada la investigación criminal y antes de que se dicte sentencia de primera instancia reintegra el responsable todo o parte de lo sustraído o apropiado, se le impone la sanción de que trata el artículo siguiente, disminuida hasta en la mitad.