Calificación de proyectos . La Secretaría Técnica enviará el estudio elaborado a los miembros del Comité de Selección, con una antelación mínima de diez (10) días hábiles a la fecha de la sesión del Comité en la que se decidirá sobre la elegibilidad del proyecto. Dicha sesión deberá efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la convocatoria y a ella podrá invitarse al interesado para que amplíe los detalles de su proyecto. La decisión del Comité se notificará al interesado, en la forma y dentro de los términos establecidos en los artículos 44 a 47 del Código Contencioso Administrativo y contra ella podrá interponerse el recurso de reposición.
Sí el Comité de Selección considera necesario contar con conceptos adicionales de otras entidades o si el proyecto requiere modificaciones, procederá a solicitarlo por una sola vez, a través de la Secretaría Técnica, otorgando a la respectiva entidad o al interesado, según el caso, un plazo máximo de quince (15) días hábiles. En este caso la decisión sobre la elegibilidad del proyecto deberá ser adoptada por el Comité dentro de los siete (7) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo establecido en el inciso anterior.