Micelio

Artículo 47

Los Programas Deben Servir Para La Enseñanza Que Dicte Cada Profesor Y Para La Interrogación En Los Exámenes

Decreto 369 de 1906 · Por el cual se reglamenta la facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los programas deben servir para la enseñanza que dicte cada Profesor y para la interrogación en los exámenes. Para el primer caso deben contener proposiciones parciales, numeradas y detalladas en el orden de la exposición científica del texto que se adopte. Para el segundo caso se dividirá en proposiciones sintéticas, ó tesis generales que comprendan un grupo de proposiciones parciales relativas á un mismo asunto y suficientes para disertar durante el tiempo del examen. Estas deben numerarse también para el sorteo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 369 de 1906