Micelio

Artículo 10

Decreto 321 de 1948 · por el cual se reglamentan los numerales a), d), e), h), i) del artículo primero de la Ley 39 de 1947.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo décimo. El aislamiento que obliga a los enfermos de la clase c) podrá cumplirse en el propio domicilio del enfermo cuando se demuestre a satisfacción de la autoridad sanitaria que está en capacidad de cumplir los reglamentos y que dispone de recursos suficientes para atender a los gastos de subsistencia, atención médica y tratamiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 321 de 1948