Micelio

Artículo 4

Ley 41 de 1892 · Por la cual se definen las incompatibilidades que comprenden a los miembros del Congreso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4. ° El que haya sido elegido miembro del Congreso simultáneamente por más de una circunscripción ó departamento, tomara puesto en cada una de las legislaturas á que tenga derecho a concurrir, presentando la credencial que le convenga; pero en una misma legislatura no podrá funcionar sino con un solo carácter, como Senador o Representante por determinada circunscripción ó departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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