º . La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 2º del presente decreto, se efectuará dentro de los (60) días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demás normas vigentes sobre la materia.
Los Empleados Públicos vinculados al Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT, continuarán percibiendo la remuneración mensual que venían devengando, hasta tanto se produzcan las incorporaciones a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.