Micelio

Artículo 10

Decreto 1751 de 1991 · por el cual se establecen mecanismos saneamiento aduanero.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 10 . Requisitos . Los recursos deberán reunir los siguientes requisitos

1.

Interponerse por escrito, personalmente por el interesado o mediante apoderado.

2.

Sustentarse, con el fin de señalar los motivos específicos de la inconformidad.

3.

El recurrente únicamente podrá solicitar la práctica de prueba pericial, la cual se rendirá por un solo perito designado por el Director General de Aduanas o su delegado y su dictamen no será susceptible de objeción por parte del recurrente; contra esta decisión no cabe ningún recurso. Procederá el peritazgo siempre y cuando tal dictamen sea necesario para dilucidar la inconformidad señalada en el punto anterior.

4.

Indicar nombre y dirección para notificaciones.

5.

Acreditar el pago del monto resultante de la liquidación practicada por la Aduana. Si el recurso no cumple con los requisitos aquí señalados, éste se rechazará, quedando en firme la liquidación oficial. Si se rechaza el recurso de apelación, contra dicha decisión procede recurso de reposición, únicamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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