º . Dirección del Fondo. La dirección y control del Fondo de Solidaridad y Garantía estará a cargo del Ministerio de Salud a través de la Dirección General de Gestión Financiera, sin perjuicio de las funciones de control asignadas a la Superintendencia Nacional de Salud. El Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud hará las veces de Consejo de Administración del Fondo de Solidaridad y Garantía.
Decreto 1896 de 1994 →Vigente
Artículo 5
º
Decreto 1896 de 1994 · por el cual se reglamenta el Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Solidaridad Social en Salud
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.