Micelio

Artículo 7

Las Constancias Sobre Recaudación Del Impuesto Se Dejarán En Recibos Cuyas Hojas Irán Numeradas En Serie Continua Y Por Triplicado, Que Se Destinarán: Uno Para El Enterante Pagador; Otro Para Comprobar La Cuenta Del Administrador, Y El Tercero Para El Archivo De La Oficina

Decreto 115 de 1932 · Por el cual se reglamenta la Ley 85 de 1931, relativa al impuesto de consumo sobre aceites y grasas lubricantes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las constancias sobre recaudación del impuesto se dejarán en recibos cuyas hojas irán numeradas en serie continua y por triplicado, que se destinarán: uno para el enterante pagador; otro para comprobar la cuenta del Administrador, y el tercero para el archivo de la oficina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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