Micelio

Artículo 15

Corresponde A La Sección De Combustibles Ejercer La Vigilancia Técnica Del Comercio De Los Combustibles Derivados Del Petróleo Y Del Gas Natural En Sus Ramas De Almacenamiento, Envase, Manejo, Transporté Y Distribución; Expedir Las Licencias De Funcionamiento De Los Establecimientos Dedicados Al Comercio De Los Combustibles Derivados Del Petróleo Y Del Gas; Estudiar Y Preparar Normas Y Reglamentos Que Regulen El Comercio De Dichos Combustibles Y De La Construcción De Instalaciones Y Equipos Destinados A, Su Comercio; Elaborar Boletines Y Publicaciones Técnicas Sobre Prevención De Incendios Y Explosiones Por Mal Uso De Los Combustibles Derivados Del Petróleo, Y Del Gas, Y Promover Programas Y Cursos De Adiestramiento Sobre El Manejo De Los Combustibles Y La Operación De Equipos De Seguridad

Decreto 2301 de 1975 · por el cual se modifica la estructura administrativa del Ministerio de Minas y Energía.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la Sección de Combustibles ejercer la vigilancia técnica del comercio de los combustibles derivados del petróleo y del gas natural en sus ramas de almacenamiento, envase, manejo, transporté y distribución; expedir las licencias de funcionamiento de los establecimientos dedicados al comercio de los combustibles derivados del petróleo y del gas; estudiar y preparar normas y reglamentos que regulen el comercio de dichos combustibles y de la construcción de instalaciones y equipos destinados a, su comercio; elaborar boletines y publicaciones técnicas sobre prevención de incendios y explosiones por mal uso de los combustibles derivados del petróleo, y del gas, y promover programas y cursos de adiestramiento sobre el manejo de los combustibles y la operación de equipos de seguridad. División de Minas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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