°. Vigencia. El presente decreto entra a regir quince (15) días calendario después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente el artículo 1° del Decreto número 1881 del 30 de diciembre de 2021 o las normas que lo modifiquen, aclaren o sustituyan.
Decreto 1253 de 2022 →Vigente
Artículo 2
Vigencia
Decreto 1253 de 2022 · por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para establecer un desdoblamiento de las subpartidas 8901.90.11.00, 8902.00.11.00, 8906.90.10.00.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.