Cuando Se Trate De La Investigación De Los Delitos De Que Habla La Ley 13 De 1908 Y Las Demás Sobre Orden Público, Los Prefectos De Gendarmería Procederán De Oficio, Sin Necesidad De Denuncio, Á Practicar Todas Las Diligencias Informativas Del Caso, De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Título 5 Del Libro 2 Del Código Judicial Y Demás Leyes Que Lo Adicionan Y Reforman
Decreto 1281 de 1908 · Por el cual se reglamenta el modo de proceder en la investigación de los delitos de que trata la Ley 18 de 1908, y las demás relativas al orden público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Cuando se trate de la investigación de los delitos de que habla la Ley 13 de 1908 y las demás sobre orden público, los Prefectos de Gendarmería procederán de oficio, sin necesidad de denuncio, á practicar todas las diligencias informativas del caso, de acuerdo con lo dispuesto en el Título 5 del Libro 2 del Código Judicial y demás leyes que lo adicionan y reforman.
Parágrafo
El Prefecto, para la investigación de los hechos, se trasladará inmediatamente al lugar que las circunstancias lo exijan ó al que juzgare más oportuno para la aprehensión de los sospechosos el interrogatorio de los testigos y demás diligencias que el caso requiera.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.