Los Comités de coordinación de División tienen por objeto coordinar las actividades internas de la División respectiva. Asimismo, asesorar a los Jefes de División en los asuntos que éstos sometan a su consideración. Estos Comités estarán integrados por los Jefes de las Secciones de la respectiva División y por el personal técnico a su servicio.
Decreto 2470 de 1968 →Vigente
Artículo 29
Los Comités De Coordinación De División Tienen Por Objeto Coordinar Las Actividades Internas De La División Respectiva
Decreto 2470 de 1968 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Salud Pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.