° El gasto que demande el cumplimiento de este Decreto se imputará al artículo 55 del Presupuesto de la actual vigencia económica. Consúltese con el Gobierno Nacional y luego comuníquese y publíquese.
Decreto 1947 de 1948 →Vigente
Artículo 2
El Gasto Que Demande El Cumplimiento De Este Decreto Se Imputará Al Artículo 55 Del Presupuesto De La Actual Vigencia Económica
Decreto 1947 de 1948 · Por el cual se aprueba otro de la Gobernación de Antioquia, en relación con el ramo de Agricultura
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.