Dicha suma será entregada a una Junta compuesta del Reverendo Padre Prefecto Apostólico del Caquetá, del Comisario Especial del Putumayo y del Presidente del Concejo Municipal de Mocoa.
Ley 122 de 1914 →Vigente
Artículo 2
Ley 122 de 1914 · por la cual se concede un auxilio a los damnificados por el incendio de Mocoa
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.