Micelio

Artículo 1

Ley 69 de 1973 · por la cual se crean los Servicios de Asesoría Técnica y Planeación y las Secciones de Biblioteca, Documentos, Archivos y Referencias Legislativas del Congreso Nacional en desarrollo del numeral 23 del artículo 76 de la Constitución Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Créase el Servicio de Asesoría Técnica y Planeación del Congreso encargado del estudio, evaluación y análisis de los planes de desarrollo y programas de inversión, así como de los proyectos de ley que presente el Gobierno, y en especial los relacionados con las disposiciones contenidas en los numerales 4o. y 20 del artículo 76 y en los artículos 32 y 80 de la Constitución Nacional y demás disposiciones pertinentes.

La oficina servirá, en primer lugar, como organismo técnico asesor de la Comisión del Plan creado por el artículo 80 de la Constitución, y además prestará sus servicios de asistencia y cooperación a todas las Comisiones Constitucionales Permanentes y a las Especiales que se creen de acuerdo con las leyes y los reglamentos de las Cámaras, para el estudio de los proyectos presentados por el Gobierno o por los miembros del Congreso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 69 de 1973