Artículo quinto. El Ministerio de Relaciones Exteriores otorgará las visas, gestionará las exenciones de impuestos y dará las facilidades necesarias para la entrada al país de los funcionarios de la Fundación y sus familiares, como de sus muebles y efectos de uso personal, al tenor de lo dispuesto en los Decretos números 3135 de 1950 y 1025 de 1959, lo mismo que en la Ley 157 de 1959, tanto para el personal técnico que se acuerde traer al país entre la Fundación y el Ministerio de Agricultura, como para el que venga en virtud de un acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Decreto 2815 de 1960 →Vigente
Artículo 5
Decreto 2815 de 1960 · Por el cual se determinan los privilegios prerrogativas a que tiene derecho el personal técnico internacional de la Fundación Rockefeller, y las exenciones de los bienes, elementos, equipos y materiales que sean importados al país por la misma, para el cumplimiento exclusivo de sus actividades
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.