Micelio

Artículo 116

Decreto 1156 de 1999 · por el cual se modifican la estructura, el régimen de competencias interno y el régimen de carrera de la Procuraduría General de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Estabilidad relativa y prórroga . El servidor que se encuentre en período de prueba tiene derecho a permanecer en el empleo por el término de éste, a menos que incurra en delito o falta disciplinaria que ocasione su retiro. Durante este período, no podrá efectuarse ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio, por parte del servidor, de funciones distintas a las indicadas en la convocatoria que sirvió de base para su nombramiento. Cuando por cualquier circunstancia justificada se interrumpa el período de prueba por un lapso superior a diez (10) días calendario continuos, éste será prorrogado por un término igual.

Parágrafo

Durante el período de prueba no podrá concederse al empleado licencia voluntaria no remunerada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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