Micelio

Artículo 67

De La Sección De Programación Y Ejecución Del Presupuesto

Ley 33 de 1990 · por medio de la cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Programación y Ejecución del Presupuesto:

a)

Elaborar el proyecto anual del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores en coordinación con las distintas dependencias del Ministerio y en función de los planes y programas que se deban atender;

b)

Establecer, bajo la dirección de la División de Organización y Sistemas, y en coordinación con la División Delegada del Presupuesto, los diferentes procedimientos de control financiero que aseguren una utilización racional de los recursos en la ejecución del presupuesto;

c)

Elaborar los proyectos de contratos que por intermedio de la Subsecretaría de Asuntos Administrativos se deban presentar al Ministro y velar porque se ajusten a las normas que rigen la materia;

d)

Elaborar el acuerdo cuatrimestral de obligaciones y el acuerdo mensual de gastos, con el fin de someterlo a consideración de la Dirección General del Presupuesto y posterior aprobación del Consejo de Ministros;

e)

Efectuar los estudios conducentes a la solicitud de adiciones y traslados al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores;

f)

Mantener actualizadas las cifras de los diferentes rubros presupuestales que se deban presentar al Subsecretario de Asuntos Administrativos y al Jefe de la División, como factor indispensable en la toma de decisiones en la materia;

g)

Coordinar con la Subsecretaría de Organismos y Conferencias Internacionales y con la División Delegada del Presupuesto, la tramitación de las cuotas a organismos internacionales que la Nación deba hacer a través del presupuesto del Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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