La Sociedad Ilevará un libro de registro de accionistas, registrado en la Cámara de Comercio, en el que se anotarán el nombre, nacionalidad, domicilio, documento de identificación y número de acciones que cada una posee, así como los embargos, gravámenes y sesiones que se hubieren efectuado.
Decreto 301 de 1982 →Vigente
Artículo 14
La Sociedad Ilevará Un Libro De Registro De Accionistas, Registrado En La Cámara De Comercio, En El Que Se Anotarán El Nombre, Nacionalidad, Domicilio, Documento De Identificación Y Número De Acciones Que Cada Una Posee, Así Como Los Embargos, Gravámenes Y Sesiones Que Se Hubieren Efectuado
Decreto 301 de 1982 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 110 de septiembre 9 de 1980, originario de la Junta Directiva de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.