Condiciones financieras de la línea de crédito de redescuento. La línea de crédito de redescuento con tasa compensada, de que trata el presente capítulo, tendrá las siguientes condiciones financieras:
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LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.6.7.15.4. Condiciones financieras de la línea de crédito de redescuento. La línea de crédito de redescuento con tasa compensada, de que trata el presente capítulo, tendrá las siguientes condiciones financieras:
Monto de la
Línea
Hasta un billón doscientos mil millones de pesos ($1.200.000.000 moneda corriente.)
Beneficiarios
Entidades Territoriales de categoría Especial y categorías 1 a 6.
Uso
Sustitución de deuda
Tasa de Interés
Desde IBR + 0% M.V. y sus equivalencias en T.V. y S. V.
Plazo
Hasta 10 años con hasta 1 año de periodo de gracia a capital
Vigencia
Hasta agotar recursos
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