Para la financiación de la presente ley, autorizase al Gobierno nacional a incorporar en el Presupuesto General de la Nación e impulsar a través del sistema de cofinanciación las partidas presupuestales necesarias para la implementación progresiva del contenido de esta ley.
Las entidades responsables deberán incorporar en sus presupuestos y planes de inversión los recursos necesarios que garanticen el cumplimiento de la ley, los cuales deben ajustarse a las disposiciones del Marco Fiscal de Mediano Plazo, del Marco de Gasto de Mediano Plazo de los respectivos sectores y los Planes Nacionales de Desarrollo correspondientes y estar sujetos a las disponibilidades presupuestales vigentes.