Micelio

Artículo 6

Todos Los Empleados De La Renta De Licores De La Comisaria De La Goajira, A Cuyo Cargo Esté El Manejo De Valores Efectivo, Especies, Semovientes, Monturas, Herramientas Y Demás Elementos De Propiedad De La Administración Delegada O Del Gobierno, Será Responsables De Ellos Ante El Administrador Delegado

Decreto 1230 de 1931 · Por el cual se reglamenta la Administración Delegada de la Renta de Licores de La Goajira

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Todos los empleados de la renta de licores de la Comisaria de la Goajira, a cuyo cargo esté el manejo de valores efectivo, especies, semovientes, monturas, herramientas y demás elementos de propiedad de la Administración Delegada o del Gobierno, será responsables de ellos ante el Administrador Delegado. Para este efecto tales empleados aseguraran su manejo a satisfacción de dicho Administrador, quien es el único responsable ante la Nación, conforme al contrato antedicho.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1230 de 1931