º La Dirección del Instituto corresponderá al Rector, cuya designación y remoción compete al Ministro de Educación Nacional. La designación se hará de una terna presentada por el Intendente Especial de San Andrés y Providencia. Son funciones del Rector
Ordenar gastos de acuerdo a la delegación que para el efecto le confiere el Ministro de Educación Nacional.
Solicitar al ICFES, previa autorización del Ministerio de Educación Nacional, las licencias y aprobaciones requeridas para el funcionamiento de los programas académicos.
Cumplir y hacer cumplir las normas legales y las instrucciones del Ministerio de Educación Nacional y del ICFES.
Evaluar y controlar el funcionamiento general del Instituto e informar al Ministerio de Educación Nacional.
Convocar y presidir las reuniones del Comité Rectoral y del Comité Administrativo.
Aplicar las sanciones disciplinarias que sean de su competencia.
Refrendar con su firma los títulos que otorgue el Instituto.
Crear los comités asesores de los Jefes de Programa.
Las demás que le asigne el Ministerio de Educación Nacional o de conformidad con las disposiciones legales le correspondan