El beneficio generador de la Contribución de Desarrollo Municipal podrá ocasionarse por uno o varios de los siguientes hechos o autorizaciones que afecten al predio:
El cambio de destinación del inmueble;
El cambio de uso del suelo;
El aumento de densidad habitacional, área construida o proporción ocupada del predio.
Inclusión dentro del perímetro urbano o el de los servicios públicos.
Obras públicas de beneficio general cuando así lo determinen los respectivos consejos municipales.