Micelio

Artículo 39

Para Que Una Persona Pueda Ser Aceptada Como Donante Se Requiere: A) Que Sea Mayor De 18 Años Y Menor De 60; B) Que Tenga Un Peso Mínimo De 51 Kilogramos, Si Es Hombre Y De 45 Kilogramos, Si Es Mujer; C) Evaluación Médica Con El Fin De Comprobar Temperatura Y Presión Arterial Normales; Ausencia De Embarazo Y De Signos, Síntomas Y Antecedentes De Enfermedades Infecciosas Que Puedan Contaminar La Sangre, Así Como De Cualesquiera Otra En Donde Para Quien La Padece, La Extracción De Su Sangre, Pueda Representar Un Riesgo; D) Que No Haya Donado Sangre Total Durante Los Últimos Cuatro Meses, Según Su Propia Manifestación U Otra Comprobación Adecuada; E) Que No Haya Sido Sometida A Procedimientos Destinados A La Extracción De Plasma, Durante El Lapso De Los Ciento Veinte (120) Días Anteriores Al Examen, Siempre Y Cuando Los Valores De Proteínas Totales Sean Superiores A 6

Decreto 616 de 1981 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título IX de la Ley 9° de 1979, en cuanto a funcionamiento de establecimientos dedicados a la extracción, transfusión y conservación de sangre total o de sus fraccionados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para que una persona pueda ser aceptada como donante se requiere

a)

Que sea mayor de 18 años y menor de 60;

b)

Que tenga un peso mínimo de 51 kilogramos, si es hombre y de 45 kilogramos, si es mujer;

c)

Evaluación médica con el fin de comprobar temperatura y presión arterial normales; ausencia de embarazo y de signos, síntomas y antecedentes de enfermedades infecciosas que puedan contaminar la sangre, así como de cualesquiera otra en donde para quien la padece, la extracción de su sangre, pueda representar un riesgo;

d)

Que no haya donado sangre total durante los últimos cuatro meses, según su propia manifestación u otra comprobación adecuada;

e)

Que no haya sido sometida a procedimientos destinados a la extracción de plasma, durante el lapso de los ciento veinte (120) días anteriores al examen, siempre y cuando los valores de proteínas totales sean superiores a 6.5 gramo por ciento;

f)

Que posea valores de hemoglobina no inferiores a 12.5 gramos y de hematocrito no inferiores a 40% en la mujer y 42% en el hombre;

g)

Que los donantes de plaquetas presenten el día de la donación una concentración no inferior a 200.000 por milímetro cúbico;

h)

Que los donantes para leucoféresis tengan lana concentración de leucocitos no inferior a 6.000 por milímetro cúbico;

i)

Que los donantes a que se refieren los literales g) y h) del presente artículo tengan, como resultado del recuento diferencial, una proporción normal de leucocitos;

j)

Que no haya recibido transfusión de sangre o componentes dentro de los últimos seis (6) meses, según su propia manifestación u otra comprobación adecuada;

k)

Que no presente seriales de drogadicción;

l)

No haber sufrido de hepatitis viral, según su propia manifestación u otra comprobación adecuada;

m)

Dentro del lapso de los sesenta (60) días últimos anteriores al examen médico, no haber sido vacunada contra viruela, sarampión, paperas, fiebre amarilla y rubeola, ni contra rabia antes de un (1) año;

n)

No haber contraído malaria dentro de los últimos dos (2) años, según, su propia manifestación u otra comprobación adecuada;

o)

Evaluación médica de los efectos en todos aquellos casos en que el donante esté haciendo uso de cualquier medicamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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