Micelio

Artículo 2.3.2.16

- Inscripcion Del Nombramiento Del Representante De Los Titulares De Acciones Con Dividendo Preferencial Y De Sus Facultades

Decreto 653 de 1993 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 2.3.2.16.- INSCRIPCION DEL NOMBRAMIENTO DEL REPRESENTANTE DE LOS TITULARES DE ACCIONES CON DIVIDENDO PREFERENCIAL Y DE SUS FACULTADES. El nombramiento del representante de los accionistas con dividendo preferencial sin derecho de voto deberá inscribirse en la Cámara de Comercio del domicilio principal de la sociedad. El representante de los accionistas sin derecho de voto podrá concurrir a las asambleas generales de accionistas con voz pero sin derecho de voto. Dicho representante podrá, siguiendo las instrucciones de la asamblea de accionistas sin derecho de voto, ejercer, en nombre y representación de la sociedad, las acciones previstas por el artículo 200 del Código de Comercio contra los administradores y revisores fiscales de la sociedad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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