Los derechos y concesiones adquiridos ya por los Departamentos, Intendencias o Municipios no podrán ser desconocidos, y el Instituto no podrá hacer uso de ellos sino mediante arreglo especial celebrado con los Departamentos, Intendencias o Municipios beneficiados.
Ley 80 de 1946 →Vigente
Artículo 32
Ley 80 de 1946 · Por la cual se crea le Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.