Micelio

Artículo 2

Facúltase A Los Comandantes El Ejército, La Armada Y La Fuerza Aérea Para Adelantar Los Cursos Correspondientes A Las Especialidades De Combate Y Determinar Las Modalidades Dentro De Los Cuales Se Desarrollarán, Previa Aprobación De Las Respectivas Directivas Por Parte Del Comando De Las Fuerzas Militares

Decreto 2327 de 1966 · Por el cual se reglamentan disposiciones del Decreto legislativo número 1668 de 1966

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Facúltase a los Comandantes el Ejército, La Armada y la Fuerza Aérea para adelantar los cursos correspondientes a las especialidades de combate y determinar las modalidades dentro de los cuales se desarrollarán, previa aprobación de las respectivas Directivas por parte del Comando de las Fuerzas Militares. CAPITULO II Requisitos que deben cumplir los Oficiales de las Fuerzas Militares para ser Diplomáticos en Estado Mayor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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