Artículo primero. El Instituto Zooprofilactico Colombiano, organizado conforme a los Decretos-leyes números 2649 de 1954 y 527 de 1956, extenderá sus actividades a la prestación del servicio de control sanitario en el país contra la fiebre aftosa.
Decreto 363 de 1957 →Vigente
Artículo 1
Decreto 363 de 1957 · Sobre ampliación de facultades del Instituto Zooprofiláctico Colombiano
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.