ARTICULO 76 . Causales de retiro. El retiro del servicio activo de los oficiales, suboficiales y personal del nivel ejecutivo de la Policía Nacional, se clasifica según su forma y causales así
Retiro temporal con pase a la reserva
Por solicitud propia.
Por cumplir cuatro (4) años en el Grado de General.
Por llamamiento a calificar servicios.
Por voluntad del Gobierno para oficiales y de la Dirección General de la Policía Nacional para suboficiales y personal del nivel ejecutivo.
Por disminución de la capacidad sicofísica para la actividad policial.
Por incapacidad profesional.
Por inasistencia al servicio por más de diez (10) días sin causa justificada.
Retiro absoluto
Por incapacidad absoluta y permanente o gran invalidez.
Por haber cumplido sesenta y cinco (65) años de edad los hombres y sesenta (60) años de edad las mujeres.
Por conducta deficiente.
Por destitución.
Por muerte.