Micelio

Artículo 59

Ley 32 de 1907 · Sobre división territorial judicial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las porciones de territorios que sean Corregimientos según las disposiciones pertinentes sobre la materia, y que aparezcan en la presente Ley, como Municipios, no alcanza la categoría de tales y por este hecho, sino que necesitan de la creación que expresamente se le otorgue con las formalidades legales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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