Micelio

Artículo 15

Selección Del Contratista, Naturaleza Y Término De La Contratación

Decreto 2975 de 2004 · por el cual se reglamenta la Ley 643 de 2001 en lo relativo a la modalidad del juego de lotería tradicional o de billetes.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Selección del contratista, naturaleza y término de la contratación . Cuando la operación del juego de lotería tradicional se realice a través de terceros particulares, la persona jurídica contratista será seleccionada mediante un proceso de licitación pública y autorizada para adelantar la actividad mediante un contrato de concesión, con arreglo a la Ley del Régimen Propio de los Juegos de Suerte y Azar, el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y las normas reglamentarias de tales ordenamientos. Tales contratos serán celebrados por un término no inferior de tres (3) años ni superior a cinco (5) años y en estos se pactarán las cláusulas excepcionales de caducidad, modificación, interpretación y terminación unilaterales, que en todo caso, se entenderán incorporadas al texto de los mismos y se exigirán garantías reales que aseguren el pago de los premios y las transferencias al sector salud. De conformidad con el artículo 52 de la Ley 643 de 2001, la calificación insatisfactoria del operador del juego, por parte del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, constituye causal no indemnizable de terminación unilateral del contrato de concesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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