º Establécese libertad de acceso a las naves propias, fletadas u operadas por empresas navieras mexicanas y venezolanas para el transporte de las cargas reservadas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del Decreto 501 de 1990, originadas y destinadas por vía marítima en el tráfico entre Colombia, México y Venezuela.
Decreto 2165 de 1991 →Vigente
Artículo 1
Establécese Libertad De Acceso A Las Naves Propias, Fletadas U Operadas Por Empresas Navieras Mexicanas Y Venezolanas Para El Transporte De Las Cargas Reservadas De Conformidad Con Lo Dispuesto En Los Artículos 1 Y 2 Del Decreto 501 De 1990, Originadas Y Destinadas Por Vía Marítima En El Tráfico Entre Colombia, México Y Venezuela
Decreto 2165 de 1991 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 994 de 1966.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.