Micelio

Artículo 1

Establécese Libertad De Acceso A Las Naves Propias, Fletadas U Operadas Por Empresas Navieras Mexicanas Y Venezolanas Para El Transporte De Las Cargas Reservadas De Conformidad Con Lo Dispuesto En Los Artículos 1 Y 2 Del Decreto 501 De 1990, Originadas Y Destinadas Por Vía Marítima En El Tráfico Entre Colombia, México Y Venezuela

Decreto 2165 de 1991 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 994 de 1966.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Establécese libertad de acceso a las naves propias, fletadas u operadas por empresas navieras mexicanas y venezolanas para el transporte de las cargas reservadas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del Decreto 501 de 1990, originadas y destinadas por vía marítima en el tráfico entre Colombia, México y Venezuela.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2165 de 1991