Micelio

Artículo 3

Ley 151 de 1960 · Por la cual se confieren autorizaciones al Gobierno para celebrar una negociación con el Municipio de Cali, vender unos predios y destinar su producto a la construcción de cuarteles

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los contratos que celebre el gobierno en ejercicio de las autorizaciones de la presente ley solo requerirán la aprobación del consejo de ministros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 151 de 1960