✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El que sea hallado en lugar público en estado de embriaguez manifiesta, inconveniente o repugnante, será castigado con multa de uno a seis pesos.
Si el hecho es habitual, la pena será de arresto por tres días a un mes, y podrá ordenarse que se cumpla en trabajos de utilidad pública.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.