Micelio

Artículo 1

Decreto 2761 de 1953 · Por el cual se dispone la celebración del Día de las Naciones Unidas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El Gobierno de Colombia se asocia oficialmente al "Día de las Naciones Unidas", que se celebrará en todos los países del mundo afiliados a la Organización de las Naciones Unidas el día 24 de octubre.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2761 de 1953