o. De los requisitos para el desempeño del cargo de Gerente de Empresa Social del Estado o Director de Institución Prestadora de Servicios de Salud Pública del primer nivel de atención. Para el desempeño del cargo de Gerente de una Empresa Social del Estado o Director de Institución Prestadora de Servicios de Salud Pública del primer nivel de atención, se tendrán en cuenta los siguientes requisitos, establecidos de acuerdo con la categorización de los municipios regulada por la Ley 136 de 1994, en el artículo 6, de la siguiente manera
Para la categoría especial y primera, se exigirá como requisitos mínimos título de formación universitaria o profesional en áreas de salud, económicas, administrativas o jurídicas; título de posgrado en Salud Pública, administración o gerencia hospitalaria, administración en salud; y experiencia profesional de dos años (2) en cargos de nivel directivo, ejecutivo, asesor o profesional en organismos o entidades públicas o privadas que integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Para la categoría segunda se exigirán como requisitos mínimos, título de formación universitaria o profesional en áreas de salud, económicas, administrativas o jurídicas; título de posgrado en Salud Pública, administración o gerencia hospitalaria, administración en salud; y experiencia profesional de un año (1) en cargos de nivel directivo, ejecutivo, asesor o profesional en Organismos o Entidades públicas o privadas que integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Para las categorías tercera, cuarta, quinta y sexta, se exigirán como requisitos mínimos, título de formación universitaria o profesional en áreas de salud, y experiencia profesional de un año (1), en Organismos o Entidades públicas o privadas que integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Para los centros y puestos de salud, se exigirá como mínimo, título de formación universitaria o profesional en medicina y cirugía, y experiencia profesional de un año (1) en Organismos o Entidades públicas o privadas que integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
o. Sin perjuicio de la experiencia que se exija para el cargo, el título de posgrado requerido en el literal b) de este artículo, podrá ser compensado por dos (2) años de experiencia en el desempeño de funciones similares, en cargos del nivel directivo, asesor, ejecutivo o profesional ocupados en Organismos o Entidades públicas o privadas que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
o. En todos los casos se tendrá como válida la experiencia profesional realizada para el cumplimiento del Servicio Social Obligatorio, siempre que su duración haya sido de un (1) año como mínimo.