º . De los servidores públicos. Los empleados de carrera administrativa y los servidores públicos que actualmente se encuentren vinculados al establecimiento público continuarán vinculados al ente autónomo sin solución de continuidad. En caso de supresión del empleo, el empleado público podrá optar por ser reincorporado a empleos iguales o equivalentes o a recibir la indemnización correspondiente para lo cual la Universidad se acogerá a lo establecido en la Ley 909 de 2004 o las normas que la modifiquen o sustituyan.
Los actuales miembros del Consejo Directivo actuarán como miembros del Consejo Superior hasta el vencimiento del período para el cual fueron elegidos o designados, si a ello hubiere lugar. Igualmente, todas aquellas personas que ejercen una representación en los órganos colegiados, continuarán ostentando esta hasta el vencimiento de sus respectivos periodos, si a ello hubiere lugar.
El Rector del establecimiento público asumirá la rectoría del ente autónomo ejerciendo las funciones inherentes a su condición de representante legal, hasta el vencimiento del periodo para el cual fue designado.