El Ministerio De Correos Y Telégrafos Suministrará Gratuitamente A Las Entidades Que Lo Soliciten Los Formularios Necesarios Para La Autorización De Que Trata El Artículo 2º
Decreto 787 de 1935 · Por el cual se reglamenta la entrega de envíos postales y telegráficos mediante autorización
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. El Ministerio de Correos Y telégrafos suministrará gratuitamente a las entidades que lo soliciten los formularios necesarios para la autorización de que trata el artículo 2º.
Parágrafo
Las órdenes de autorización que expida el Servicio de Identidad Postal en la capital de la república serán confeccionadas en formularios especiales, en papel protegido y con las seguridades necesarias para evitar hasta donde sea posible la falsificación de tales órdenes.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.