Para el financiamiento de institutos y centros de investigación que se efectúe a través del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, y del Fondo Colombiano de Investigaciones Científicas y Proyectos Especiales "Francisco José de Caldas", COLCIENCIAS, estos dos organismos mantendrán una estrecha coordinación entre sí e informarán permanentemente a la Comisión Científico - Técnica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología acerca de los programas y proyectos que financien en cada sector, a fin de que el Consejo pueda ejercer eficazmente su función de dirección de la política científica y tecnológica.
Decreto 3493 de 1985 →Vigente
Artículo 11
Decreto 3493 de 1985 · Por el cual se crean unas comisiones sectoriales en el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.