Art 3° Autorizase al Gobierno para que pueda terminar, por medio de transacciones convenientes a la Nación, los juicios y reclamaciones que haya pendientes con motivo de los contratos de arrendamiento de salinas que se han rescindido o que están suspendidos por falta de cumplimiento de los contratistas.
Ley 134 de 1896 →Vigente
Artículo 3
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 18 De Noviembre De 1896
Ley 134 de 1896 · que aprueba un contrato y da una autorización al Gobierno
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.