Micelio

Artículo 531

Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Solicitud de certificados. El Consejo Superior de la Judicatura, los funcionarios de investigación y de acusación y los Jueces en ejercicio de sus funciones, podrán pedir certificados del registro penal. Los funcionarios administrativos solo podrán solicitarlo cuando sea necesario investigar los antecedentes de persona llamada a ejercer funciones públicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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