Micelio

Artículo 10

Decreto 1138 de 1999 · por el cual se establece la organización interna del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección Técnica. Son funciones del la Dirección Técnica

1.

Asistir a la Dirección General en la formulación de las políticas para la prestación del servicio público de Bienestar Familiar.

2.

Determinar los planes y programas para el fortalecimiento de la familia como núcleo esencial de la sociedad.

3.

Orientar la aplicación de las políticas en el desarrollo de proyectos y programas que contribuyan a brindar adecuada atención a la problemática social de la familia colombiana.

4.

Establecer las políticas de supervisión de las instituciones que constituyen el Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

5.

Dirigir, coordinar y controlar las actividades de las Subdirecciones a su cargo.

6.

Diseñar las propuestas para el Plan Nacional de Desarrollo de que trata la Constitución Política por parte del Instituto en los temas de su competencia.

7.

Elaborar y coordinar la aplicación de los modelos de programación y evaluación de las metas físicas y financieras del Instituto, realizando el seguimiento y ajustes requeridos en su ejecución.

8.

Atender los requerimientos que para el estudios y análisis del anteproyecto de presupuesto, soliciten las entidades oficiales competentes y encargarse del respectivo seguimiento.

9.

Orientar y asesorar a las diferentes dependencias del nivel nacional y regional en la programación y evaluación de metas físicas y financieras.

10.

Preparar el anteproyecto de presupuesto en coordinación con las entidades y dependencias comprometidas en su realización.

11.

Proponer las alternativas para la asignación y ubicación de los recursos de la entidad, con base en el análisis financiero y económico de la ejecución de metas.

12.

Realizar la evaluación financiera y económica de los proyectos de inversión y tramitar su inscripción en el Banco de Proyectos del Departamento Nacional de Planeación.

13.

Desarrollar, mantener y actualizar el sistema de información estadístico de la entidad.

14.

Las demás que le sean asignadas de conformidad con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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