Micelio

Artículo 2.6.1.4.33

Diligencias Preliminares

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Diligencias preliminares. El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, de oficio o a solicitud de parte, podrá ordenar el inicio de diligencias preliminares, para lo cual designará uno o varios investigadores, quienes podrán solicitar las informaciones, adelantar visitas administrativas y practicar las pruebas que consideren pertinentes para verificar el cumplimiento de las normas legales y estatutarias.

El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica podrá requerir al quejoso para que complemente su queja con más información o aporte las pruebas en que fundamenta su solicitud, so pena de archivar de plano la petición.

Parágrafo

El término de las diligencias preliminares no podrá exceder de cincuenta (50) días hábiles, prorrogables por una sola vez por un término de treinta (30) días hábiles.

(Decreto 1258 de 2012, artículo 33)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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